Trámites migratorios
Fundamento legal
La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos (ley mexicana) establece en su Ley General de Población, artículo 42, que todos los estudiantes que realizan una estancia mayor a tres meses deberán ingresar a México con visa de estudiante para iniciar estudios en planteles educativos oficiales.
Si tu estancia es menor a tres meses la visa de turista es suficiente pues con ella podrás permanecer en el país durante un período de 30 a 60 días. Ambos estados migratorios se reconocen dentro de la calidad no inmigrante dado que no se tiene la finalidad de radicar en México.
Trámite de visa
Para realizar el trámite de visa de estudiante debes acudir al representante de la sección consular de la embajada mexicana más cercana a tu localidad, para solicitar los requisitos que se aplican para tu país. Este documento te permitirá internarte en el país como estudiante y realizar tu estancia en condiciones de certeza jurídica.
Para encontrar el consulado o Embajada de México más cercano a tu domicilio, visita la sección de representaciones en el extranjero de la página Web de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Los documentos básicos requeridos para realizar este trámite son:
- Formato oficial de Solicitud de Internación a México
- Pasaporte vigente del extranjero
- Constancia de inscripción del extranjero en la institución educativa oficial o incorporada con reconocimiento oficial de validez en la que pretenda llevar a cabo los estudios o carta de la institución educativa elaborada en papel membretado y firmada por persona autorizada en la que conste la aceptación de la inscripción del extranjero. En cualquier caso, en el documento se deberá especificar el nivel, grado, temporalidad o áreas de estudio que pretenda realizar el extranjero.
- Comprobante de solvencia económica para su sostenimiento durante su estancia (estados de cuenta bancarios, becas, otro).
Registro Nacional de Extranjeros
Ya que hayas ingresado a México y establecido tu estado migratorio de estudiante por obligación debes inscribirte en el Registro Nacional de Extranjeros (RNE) dentro de los 30 días posteriores a tu ingreso al país.
El RNE es un tramite exigido por el gobierno federal y para el cual la UdeG brinda la asesoría legal de forma gratuita a través de la Unidad de Servicios Migratorios, que pertenece a la Oficina del Abogado General, quien atiende los casos que le son enviados por parte de la Coordinación General de Cooperación e Internacionalización; es por esta razón que debes comunicarte primero ahi. La asesoría legal es gratuita pero todas las cuotas y aranceles requeridos deben ser pagados por el estudiante que lo solicita.
Ten presente que una vez registrado, cualquier cambio de tu estatus migratorio debe ser informado al RNE en un lapso no mayor a 30 días después del cambio.
Este tramite es independiente de cualquier otro relacionado con tus estudios en la Universidad de Guadalajara.
Fuente: La información de la sección Internacional ha sido proporcionada por la Coordinación General de Cooperación e Internacionalización.
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