Reformas al reglamento tapatío en relación con manifestaciones amorosas en la vía pública, no es cheque en blanco
Quienes piensan que las relaciones sexuales en la calle son permitidas por la reforma al artículo 14 del Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Ayuntamiento de Guadalajara, están equivocados. Esta medida no es un cheque en blanco, consideró el Director de la División de Estudios Jurídicos, del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades (CUCSH) de la UdeG, doctor José de Jesús Becerra Ramírez.
El académico explicó que esta reforma está elaborada en clave de derechos humanos y su técnica es tal que tutela, al mismo tiempo, varios bienes jurídicos, entre éstos el derecho a la libre expresión sexual y el derecho a la seguridad e integridad personal (a no ser extorsionado por los policías), pero sin descuidar a quienes se sientan ofendidos en su moralidad privada, pues pueden seguir acudiendo a las instancias de seguridad municipal y que se proceda en consecuencia.
Señaló que existen diversas moralidades: la moralidad privada (desde lo individual) y las compartidas, así como la moralidad pública.
“Al revisar el reglamento, los regidores ponderaron y salvaron precisamente una posible moral privada, que se pueda ver afectada. Cuidaron que cuando se afecte esa moralidad privada la fuerza pública actúe. El debate se está desviando a una moralidad privada que es importante que se exprese. Pero una moralidad pública no puede imponerse a la norma que está adecuada a lo que les habilitó la Constitución local y federal sobre el ámbito de competencia de los ayuntamientos”, dijo.
“Este reglamento puede impugnarse en las instancias legales –agregó–, pero lo que no puede hacerse es que alguien sienta que tiene la verdad moral y que su moralidad va a imponerse sobre la moral pública. Ahí está el nivel del debate”.
La reforma que ha provocado polémica en la opinión pública y que fue aprobada el 16 de agosto en sesión del Ayuntamiento de Guadalajara, dice a la letra que “sostener relaciones sexuales o actos de exhibicionismo de índole sexual en la vía pública o lugares públicos, terrenos baldíos, centros de espectáculos, interiores de vehículos o en lugares particulares con vista al público será falta siempre y cuando se realice mediante petición ciudadana”.
“En la sociedad contemporánea debemos de aprender a convivir con el pluralismo sexual, cultural, religioso, así como a respetar a quienes tienen el derecho de oponerse, el reglamento es claro. La norma cubre que si hay un grupo afectado, la autoridad tiene la obligación de intervenir. En pocas palabras, no es un cheque en blanco que permita todas las expresiones sexuales. Si hay alguien que se inconforme, la autoridad debe de intervenir y si no lo hace, es omisa. Y eso se debe decir: si no interviene, la autoridad está siendo omisa para atender a esos grupos conservadores que tienen todo el derecho de manifestarse y expresarse”, agregó Becerra Ramírez.
El investigador de la División de Estudios Políticos y Sociales del CUCSH, doctor David Coronado, consideró que esta reforma lo que hace en realidad es encontrar un punto de coincidencia entre la visión conservadora y la liberal.
“La libertad es plantear nuevos caminos, rupturas, reconsideraciones. Y esta reforma al artículo 14 no es una reorientación, sino la reafirmación de una necesidad de consumo absolutamente sexualizada, pero no erotizada. Todo está sexualizado. Esta reforma del artículo 14 dice: ‘todos estamos sexualizados y hay que abrirlo a todos’. Es decir, esta reforma no implica mayor libertad, sólo mayor apertura a la sociedad de consumo”, reflexionó.
Desde una postura sociológica, indicó que la modificación al reglamento es sólo una cartografía del comportamiento de los sujetos en la sociedad, la moral, el orden y las buenas costumbres.
“El orden sin el desorden no puede existir. En una relación erótica pasan a segundo plano el orden y el desorden”, concluyó.
A t e n t a m e n t e
“Piensa y Trabaja”
Guadalajara, Jalisco, 22 de agosto de 2018
Texto: Julio Ríos
Fotografía Gustavo Alfonzo
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