Definitividad en carga horaria global de 12 horas

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 fracción X de la Ley Orgánica, el artículo 8 del Estatuto del Personal Académico (EPA), los artículos 12, 15, 16 último párrafo, 29 en correlación con el artículo 32 último párrafo del Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico (RIPPPA), todos ellos de la Universidad de Guadalajara, el Rector General
CONVOCA
A su personal académico contratado como Profesor de Asignatura del Nivel Medio Superior y Superior, cuya carga horaria mínima sea de 12 horas/semana/mes a participar en el
PROGRAMA ESPECIAL PARA OBTENER LA DEFINITIVIDAD EN CARGA HORARIA GLOBAL DE 12 HORAS
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