Coordinación General de Control Escolar

La Coordinación General de Control Escolar: será la dependencia responsable de los procesos de administración escolar en la Red Universitaria; recibir, revisar y tramitar, ante los Centros Universitarios y el Sistema de Educación Media Superior, las solicitudes de reconocimiento de validez oficial de estudios y refrendo que presenten los particulares; así como coordinar los servicios escolares y de supervisión.
Reglamento Interno de la Administración General
Artículo 262. Son atribuciones de la Coordinación General de Control Escolar, las siguientes:
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Proponer a las autoridades competentes criterios generales para regular la admisión, promoción, separación, egreso, titulación y desistimiento de alumnos de la Universidad; así como de las instituciones que soliciten y les sea otorgado el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios;
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Asesorar y supervisar la aplicación de los criterios señalados en el párrafo anterior;
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Integrar y actualizar la estadística general de control escolar en la Universidad y de las instituciones que cuenten con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, en conjunto con la Coordinación General de Planeación y Evaluación, en consecuencia, coordinar la red de sistemas escolares de cómputo;
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Administrar la documentación que acredite estudios por medios electrónicos y autorizar la integración de los documentos que se emitan con firma electrónica en los sistemas que se habiliten para consulta y validación de los mismos;
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Realizar el registro en formato electrónico de los títulos y grados universitarios ante las instancias correspondientes;
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Coordinarse con la Dirección General de Universidad Virtual y Aprendizaje Digital para Toda la Vida, para la sincronización de la información con las plataformas;
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Colaborar con la Dirección General de Universidad Virtual y Aprendizaje Digital para Toda la Vida, para el desarrollo de lineamientos y soluciones tecnológicas para facilitar los procesos de control escolar de los programas educativos en línea o virtual;
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Registrar ante las instancias correspondientes las carreras y posgrados de nueva creación, sus modificaciones, supresiones, así como lo correspondiente a las instancias a las que les sea otorgado el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios;
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Cancelar los registros y dejar sin efectos los actos derivados de la tramitación del ingreso o reingreso de alumnos, cuando se compruebe la falsedad total o parcial de los documentos exhibidos durante la tramitación;
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Supervisar el proceso de ingreso de alumnos a la Universidad de Guadalajara, así como el registro de alumnos por parte de las escuelas que cuentan con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios;
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Elaborar el proyecto de calendario escolar para su aprobación por el Consejo General Universitario;
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Certificar copias de los documentos que obran en los archivos de la Coordinación General de Control Escolar;
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Certificar y/o validar la autenticidad de los comprobantes de estudio que expida la Universidad, a solicitud del beneficiario o instancias externas; así como autenticar a través de la Coordinación de Estudios Incorporados los comprobantes de estudios, certificados, constancias y diplomas que expidan los particulares que cuenten con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios;
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Establecer el procedimiento y coordinar la validación de los comprobantes de estudios externos que presenten los aspirantes y alumnos de la Universidad;
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Expedir certificados de expedientes de egresados, titulados y alumnos de escuelas desaparecidas, en poder de la Coordinación General de Control Escolar, y
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Las demás que le confiera la normatividad aplicable.
Áreas que integran la Coordinación General de Control Escolar:
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Coordinación de Estudios Incorporados
- Unidad de Admisiones
- Unidad de Control de Alumnos
- Unidad de Títulos
- Unidad de Control Documental
- Unidad Operativa Técnica
- Unidad de Procesos y Servicios Escolares en Modalidad Virtual
Fuente: Reglamento Interno de la Administración General de la Universidad de Guadalajara, art. 262 y 263 (Noviembre 2025).
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